De interés – PAS
Novedades:
Abril de 2021
A tenor de lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, del total de plazas convocadas se reservarán cuatro plazas para personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. De dichas plazas, una de ellas se reservará para personas que acrediten discapacidad intelectual y tres para personas que acrediten otro tipo de discapacidad. En el supuesto de no ser cubiertas, se acumulará a las restantes plazas convocadas
Marzo de 2021
Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la categoría de Técnico Auxiliar de Servicios de Conserjería de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el procedimiento de consolidación de efectivos.
Esta convocatoria no presenta reserva específica en cuanto que el número de plazas convocadas no alcanza los mínimos para hacerlo, pero acumula coefienciente de reserva de cara a futuras convocatoiras.
La convocatoria comtempla “Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad”
Normativa de referencia en cuanto a RESERVA DE PLAZAS en la UCA:
Aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno, de 18 de diciembre de 2017, BOUCA número 245, de 19 de diciembre de 2017
Modificado por acuerdo de Consejo de Gobierno, de 20 de febrero de 2019, BOUCA número277, de25 de febrero de 2019
“En cada oferta pública de empleo se reservará un número de plazaspara personas con discapacidad, en los términos definidos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como el Real Decreto 2271/2004, de 3 diciembre, de acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y en la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. Las plazas de este cupo que no sean cubiertas por personas con discapacidad se incorporarán a la oferta general. Si debido al bajo número de plazas integrantes de la Oferta de Empleo Público, la aplicación del citado porcentaje es inferior a una, se acumulará el resto decimal a las plazas de la Oferta de Empleo Público de año o años posteriores de manera que se pueda dar efectividad a dicha reserva”.